Este blog nace con la intención de aportar información de calidad y útil para gente del mundo de la empresa, autónomos y las entidades sin ánimo de lucro. Esperamos que os sea de gran utilidad
Si has tenido unos rendimientos íntegros del trabajo de más de 22.000 euros, si proceden de un sólo pagador.
Si has percibido unos rendimientos íntegros del trabajo de más de 11.200 euros de un solo pagador y más de 1.500 euros del resto de pagadores.
Si has tenido unos rendimientos íntegros del trabajo de más de 11.200 euros y has percibido pensiones compensatorias de tu cónyuge o anualidades por alimentos, salvo que estas últimas procedan de los padres por decisión judicial.
Si has recibido unos rendimientos íntegros del trabajo de más de 11.200 euros y no te han practicado retención del IRPF.
Si has tenido unos rendimientos íntegros del trabajo de más de 11.200 euros sujetos a tipo fijo de retención.
Si has obtenido rendimientos íntegros de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sujetos a retención o ingreso a cuenta, si en conjunto superan los 1.600 euros.
Si has tenido rentas inmobiliarias procedentes de la titularidad de inmuebles, rendimientos íntegros de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, que superen en conjunto los 1.000 euros.
Y si has percibido exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas así como ganancias patrimoniales, que superan en conjunto los 1.000 euros y pérdidas patrimoniales de más de 500 euros.
Además, debes presentar la Declaración si tienes derecho a deducciones por inversión en vivienda habitual, cuenta ahorro-empresa, doble imposición internacional o reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de previsión social.
Tienes dudas ? Te ayudamos a resolverlas