Este blog nace con la intención de aportar información de calidad y útil para gente del mundo de la empresa, autónomos y las entidades sin ánimo de lucro. Esperamos que os sea de gran utilidad

Usted tiene una SL con la que no realiza ninguna actividad, por lo que se está planteando si es mejor liquidarla definitivamente o dejarla sólo inactiva (por si más adelante decide utilizarla). ¿Qué opción le interesa más?
Opción 1. Si la deja inactiva...
Para dejar inactiva su SL basta con presentar en Hacienda una declaración censal (modelo 036) comunicando su inactividad. No obstante, tenga en cuenta:
Por tanto, aunque la deje inactiva deberá pagar a un asesor que presente cada año las cuentas anuales y el Impuesto sobre Sociedades. Eso sí: como contrapartida, tendrá una sociedad lista para operar (bastará con presentar otra declaración censal de inicio de actividad), evitando así los costes y el tiempo de constituir una nueva.
Opción 2. Si la liquida...
La otra opción es que liquide y extinga la sociedad de forma definitiva:
Conclusión.
Es cierto que liquidar la SL le comportará gastos, pues hay que firmar una escritura e inscribirla en el Registro. Así, por ejemplo, para una SL sin activo a repartir entre los socios, el coste de notario y registro puede ser de entre 300 y 400 euros. Sin embargo, la sociedad quedará extinguida a todos los efectos, y sólo deberán presentar las declaraciones fiscales del trimestre y del ejercicio en que la sociedad se liquide.
Por tanto, si usted no tiene previsto realizar en breve ninguna actividad con esta SL, como regla general lo mejor es que la liquide definitivamente, en lugar de dejarla inactiva.
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